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ISBN, Depósito legal y propiedad intelectual ¿Es necesario?

Si cojemos un libro cualquiera que hemos adquirido en nuestra librería favorita, o en cualquier plataforma online, y le echamos un vistazo a esa página de créditos que encontramos al principio o al final de éste, veremos temas tan importantes y valiosos como quien es el autor, quien ha traducido la edición, diseñador, impresor… pero además, hay un par de códigos que quizá nunca te has preguntado para qué sirven y ahora te salta la duda al intentar publicar tus propios libros o empiezas tu carrera como editor: El ISBN y el Depósito legal. ¿Qué son y para qué sirven?

 

Ambos códigos son el resultado de unos trámites de registro por los que tiene que pasar nuestro libro si quiere ser comercializado sin ningún problema y para que cualquier plataforma online o establecimiento nos acepte ejemplares para vender. ¡No son obligatorios! Pero te digo desde ya que son muy muy recomendables y, en el caso de que vayas a realizar cierta cantidad de ejemplares para poner a la venta o distribuir, son indispensables. ¡Te cuento!

ISBN

El ISBN son las siglas de International Standard Book Number, unos números de registro internacional que darán a nuestro libro su propia identidad frente al resto. Es como el DNI personal de nuestro libro, y no hay ninguno igual. Al realizar el registro de nuestro número para obtenerlo, recopilamos datos como el formato del libro, el idioma, el número de ejemplares, el autor, la edición… y podrá ser consultado por cualquier organismo del mundo para identificar todos estos temas. 

Hay varios factores por los que considero indispensable la obtención de nuestro ISBN:

• Si queremos comenzar a distribuir nuestro libro de una manera profesional o para que nos lo pueda adquirir organizaciones, bibliotecas… etc.

• Dejaremos registrados nuestros datos y, más allá del mero trámite, será una evidencia más de que ese libro es nuestro, de nuestra autoría frente a posibles plagios o falsificaciones. Ojo por que no es un registro como la propiedad intelectual, pero toda prueba ayudará ¿no?

• Con este código además podremos obtener un código de barras para nuestro libro, otro tema casi obligatorio si pretendemos venderlo en tienda. Más fácil para el librero que nos lo agradecerá.

¿Dónde podemos conseguir nuestro ISBN?

Para hacerlo, deberás acudir a la oficina del ISBN de tu país, pues en cada uno hay dispuesta una.  El coste también varía por lo que tendrás que consultarlo en la oficina de tu país.  En el caso de España, debes dirigirte a Agencia ISBN, el coste individual es de 45€ y si tienes editorial registrada puedes pedir un prefijo personalizado y varios códigos a la vez que podrás guardar y gestionar para publicaciones futuras. De esta manera no tendrás tantas esperas para conseguirlo. El procedimiento es sencillo, pero si necesitas que alguien te lo gestione cuenta conmigo 😉

 

Muy ligado a la solicitud de ISBN, está la del Depósito legal.

Depósito legal

El depósito legal es otro trámite que, en este caso, sí es obligatorio si tu libro lleva ISBN y es una tirada de ejemplares fija que vas a comercializar (si tu libro es impresión bajo demanda no es obligatorio, pero puestos a hacer las cosas bien yo lo haría).

En este caso es gratuito y sirve de depósito de 2-4 ejemplares (dependiendo de qué tipo de publicación se trate) a la Biblioteca Nacional de tu país a modo de recopilación y puesta a disposición de los organismos públicos para su consulta.

Es otro trámite sencillo:

• Debemos solicitarlo una vez registrado nuestro ISBN y antes de mandar nuestro libro a imprenta, de este modo nos aseguraremos de poder añadirlo a los datos legales de nuestro libro, pues es necesario.

• Acudimos a nuestra oficina dispuesta en cada provincia con los datos básicos de nuestro libro, como el ISBN, el autor, el editor, tipo de libro y fecha de publicación.

• Te darán al instante el número de Depósito legal que tienes que añadir en tu libro. Cómo referencia, mira cualquier libro que tengas en casa.

• ¡Y listo! ya tienes todo registradito para mandarlo a imprenta y que no haya ningún problema legal con su publicación 🙂

Estos dos pasos son unos trámites no muy complicados que recomiendo a todo aquel que quiera publicar y vender su libro de manera profesional. Por otra parte, no es necesario para ciertos tipos de publicaciones y ni me molestaría, la verdad. Por ejemplo, fanzines de cualquier tipo que ya de por sÍ son dificiles de vender en grandes superficies, libros de artista de muy pocos ejemplares, portfolios…

Hay otro trámite que no siempre se hace por el precio o el desconocimiento: El registro de propiedad intelectual.

Propiedad intelectual

Para que sepas, la propiedad intelectual es el derecho de autoría que tienes sobre tu obra y es intransferible y no hay que hacer nada, te viene dado porque es tuyo por derecho, como autor, y estás protegido. El problema es que a veces es difícil justificar frente a un plagio que una obra es tuya y no de otra persona, por lo que existe un organismo público con el que puedes hacer un registro personal por el que dejas constancia pública que la obra es tuya.

Para más información sobre este registro, te dejo por ejemplo el Blog de Cedro que te habla del procedimiento: Pasos para inscribir una obra en el registro de la propiedad intelectual.

También, un paso gratuito que puedes hacer para registrar tu obra es acudir a Creative Commons. En su web, puedes registrar de manera sencilla y gratuita tu obra quedando registrada por si algo pudiese ocurrir. Esta organización es muy interesante por que, además, te presenta modelos de registro en los que, si lo deseas, puedes poner tu obra a disposición del mundo sin perder tus derechos como autor. Tú eliges en la plataforma como quieres que se use tu obra, si totalmente, de manera personal… Echa un vistazo a su web: https://creativecommons.org

 

Como conclusión personal, os aconsejo que sigáis estos registros. Son unos pasos bastante económicos con los que profesionalizarás tu obra y te evitarás líos legales, además de dejar constancia con distintos medios de que esa obra es tuya o parte de ti, y no de cualquier otra persona.

¿Aún te surgen dudas de como hacer o de si tu obra debe pasar por ese proceso?

¿Hay algún otro tema legal que te preocupe? ¡Cuéntalo en los comentarios y vemos cómo solucionarlo! 🙂

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Comments: 12
  • Pep Camps
    3 años ago

    Buenas noches, les queria hacer la siguiente consulta.
    En el año 2014 publiqué un libro con una editorial de autoedición. Ellos tienen los derechos de maquetación y diseño y ISBN editorial. Yo soy el propietario del contenido del libro. Ahora quiero convertir mi libro en e-book i venderlo yo a través de las plataformas que más me convengan. La pregunta es si tengo que sacar ISBN, acudir al depósito legal y registrarme en el registro de la propiedad intelectual.

    Muchas gracias y un saludo

    Reply
      • MARCOS
        3 años ago

        Buenas. MIl gracias por todo la información aportada.
        Mi duda son las siguientes:
        -¿Hay alguna manera de solicitar un ISBN a título personal como persona física sin tener que obligatoriamente asociarme con una editorial o darme de alta como autoeditor?

        -Hay una pequeña juguetería que actuaría como distribuidora. Si en los créditos de la obra (cuaderno escolar) figura esa empresa y luego no quiero continuar con ella ¿podría eliminarla sin más de los créditos? ¿debo cambiar de número de ISBN o del DL?

        MUCHA GRACIAS

        Reply
  • Endre Gerta
    3 años ago

    Buenas tardes
    El ppdo 1 de julio solicité en el Registro de la Propiedad Intelectual de València, la inscripción de un libro que no va a tener distribución comercial. Estoy pendiente de recibir la notificación de inscripción y por ende el código pertinente. Trámite que creo tarda bastante en gestionarse. La tirada más que corta (aparte de escribirlo, lo he maquetado, diseñado, impreso y encuadernado. La impresión y encuadernación en una reprografía, no en una editorial) se distribuye aparte de un par de familiares a estudiosos del tema tratado. A pesar de eso y dado que es el fruto de una investigación de varios años, he decidido registrar la obra.
    Ahora viene mi duda. No pensaba solicitar el ISBN dada la calidad/clase/clasificación de la edición, pero ¿es interesante solicitar el Depósito Legal? Aparte de entregar los volúmenes requeridos genero algún tipo de derecho complementario al que me otorga la Propiedad Intelectual? Saludos cordiales.

    Reply
  • Tamara Sastre Alonso
    2 años ago

    Hola;

    Muchas gracias por la información.
    Me asaltan una serie de dudas:
    Tengo un álbum ilustrado listo para enviar a una imprenta, soy autora y me lo quiero autoeditar por mi cuenta (voy a hacer un crowdfunding) ; he solicitado el ISBN y ahora me encuentro con lo del deposito legal. ¿Cuánto tarda en dármelo? porque con esto de la subida del papel, me van a subir los precios de las impresiones y quería tenerlo todo para el viernes :O

    Muchas gracias!

    Reply
  • Makita San
    1 año ago

    Buenos días
    Te agradecerla que me indicaras si los pasos que voy a seguir son los correctos que debo llevar a cabo:
    Soy la autoras de unos cuadernos de material didáctico para niños; la idea es ser yo la editora y mandarlo imprimir para su venta. ¿Son estos los pasos que debo seguir y en este orden?
    1.- Solicitud en línea del ISBN bien por vía normal (como 7 días laborales) o bien por urgencia (1 o 2 días) como autor/editor
    2.- Solicitud del Deposito Legal cono Autor (la otra opción es “Productor”)
    3.- Registro de la Propiedad Intelectual (¿o debo hacerlo antes?)
    Todos ellos antes de imprimir el libro puesto que los nums ISBN y Depósito Legal deben constar impresos en el propio cuaderno de ejercicios.
    Y si mas adelante imprimo mas ejemplares ¿debo solicitar otro deposito legal? En cuanto al ISIN ¿Solo se debe solicitar otro si por ejemplo cambio de formato en papel a ebook?
    Muchísimas gracias por tu ayuda
    Un saludo

    Reply
      • Makita San
        1 año ago

        Muchas gracias por tu respuesta!
        Os escribo desde España
        ¿Entiendo entonces que la solicitud en el RPI puedo hacerla ya y en 3 meses adjuntar la obra?
        ¿En general (ISBN, Deposito legal y RPI) es individualizado para cada “cuaderno de actividades” aun cuando formen una única colección?
        Gracias!!!

        Reply

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